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Servicio privado · 100% online

Régimen Especial de Trabajadores Desplazados (Ley Beckham) Premium

Ahorra miles de euros en impuestos aplicando el tipo fijo del 24% de IRPF de forma segura y 100% digital.

Este servicio no está disponible actualmente. Las solicitudes están desactivadas.

499,00 €

Presentación en menos de 24 horas laborables Honorarios de gestión privada

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La aplicación del régimen se presenta ante la AEAT en tu representación. Requiere apoderamiento o autorización y la documentación laboral y personal del interesado.

Qué incluye tu solicitud

  • Test de viabilidad inicial en 2 minutos
  • Preparación y presentación del Modelo 149 ante la AEAT
  • Revisión exhaustiva del contrato y carta de desplazamiento
  • Soporte y atención 100% en inglés o español

Precio total

499,00 €

Honorarios de gestión: 499,00 €

Cargo por revisión si los datos son incorrectos: 9,95 €

Total a pagar

499,00 €

Presentación en menos de 24 horas laborables PDF por email

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Rellena el formulario y serás redirigido a un pago seguro para confirmar tu trámite.

Este servicio no está disponible actualmente. Puedes consultarlo más adelante.

Cómo funciona

  1. Paso 1

    Introduce los datos necesarios (1 min)

  2. Paso 2

    Pago seguro encriptado con Stripe

    Checkout oficial

  3. Paso 3

    Recibe el documento oficial en PDF en tu email

    Entrega digital

Pago 100% seguro

Pago seguro con tarjeta
Cifrado SSL · RGPD

Preguntas frecuentes sobre Régimen Especial de Trabajadores Desplazados (Ley Beckham) Premium

Resolvemos las dudas más habituales antes de solicitar este trámite.

¿Qué es el régimen especial de la Ley Beckham?

Es el régimen fiscal especial para trabajadores desplazados a España (IRNR / régimen de impatriados). Facilita tributar como no residente en determinadas condiciones durante un periodo limitado.

¿Qué incluye el servicio Premium?

Test de viabilidad inicial, revisión del contrato y carta de desplazamiento, preparación y presentación del Modelo 149 ante la AEAT, y seguimiento de la solicitud.

¿Cuánto tarda la presentación?

La presentación estimada es presentación en menos de 24 horas laborables una vez dispuesta la documentación completa y correcta.

¿Quién puede acogerme a este régimen?

Depende de requisitos legales (tipo de desplazamiento, no residencia previa en España, vínculo laboral, etc.). El test de viabilidad del servicio te orienta antes de presentar el modelo.

¿Sois la Agencia Tributaria?

No. Somos un servicio privado de asesoramiento y presentación. La resolución la dicta la AEAT; nosotros preparamos y presentamos la documentación.